El TSJ de Cataluña aplica el indulto a Laura Borràs y abre la puerta a evitar su ingreso en prisión

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha aplicado el indulto parcial concedido por el Gobierno a Laura Borràs y ha reducido a dos años de prisión la pena de cárcel que le fue impuesta por los delitos cometidos durante su etapa al frente de la Institución de las Letras Catalanas (ILC).

La decisión del tribunal abre ahora la puerta a que la expresidenta del Parlament no tenga que ingresar en prisión. El TSJ de Cataluña ha acordado convocar a las partes a una audiencia dentro de los próximos diez días para decidir si procede suspender la ejecución de la pena, una posibilidad que se considera previsible al no contar Borràs con antecedentes penales.

El tribunal señala en su resolución que el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros establece la conmutación de la pena privativa de libertad que le fue impuesta por otra de dos años de prisión. La medida está sometida a una condición concreta: que la exdiputada no vuelva a cometer un delito doloso durante los cinco años siguientes a la publicación del Real Decreto.

El TSJCat precisa que la pena de prisión de cuatro años que había sido impuesta a Borràs por su responsabilidad en un delito continuado de falsedad queda sustituida por los dos años establecidos en el indulto. El periodo durante el que deberá cumplir la condición comenzó a contar el 29 de julio de 2026, fecha de publicación del Real Decreto.

Borràs fue condenada por contratos adjudicados a un amigo

Laura Borràs fue condenada inicialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por las irregularidades cometidas cuando presidía la Institución de las Letras Catalanas. La causa se centró en la adjudicación directa y el fraccionamiento de contratos para evitar los procedimientos de contratación correspondientes.

Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó en febrero de 2025 la condena a cuatro años y medio de prisión, 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros por delitos de prevaricación administrativa y falsedad en documento oficial. El Supremo rechazó además aplicar la Ley de Amnistía solicitada por Borràs al considerar que los delitos por los que había sido condenada eran de naturaleza corrupta y no guardaban relación con el proceso independentista.

El propio tribunal propuso inicialmente el indulto parcial

La posibilidad de reducir la pena de prisión ya había sido planteada por el propio TSJ de Cataluña en su sentencia, que propuso un indulto parcial para limitar la pena de cárcel a un máximo de dos años. El tribunal consideró entonces que la entrada efectiva en prisión resultaría excesiva atendiendo a las circunstancias del caso.

Con la aplicación ahora del indulto concedido por el Gobierno, la decisión sobre el eventual ingreso en prisión queda pendiente de la audiencia que celebrará el TSJ de Cataluña con las partes. El tribunal deberá determinar si concurren las condiciones necesarias para suspender la ejecución de los dos años de prisión impuestos a la expresidenta del Parlament.