Julio Iglesias ha obtenido una nueva victoria judicial frente a la Fiscalía. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por el artista y ha declarado nula la resolución mediante la que el Ministerio Público le había negado el acceso a la denuncia presentada contra él y al contenido íntegro de las diligencias de investigación abiertas posteriormente.
La decisión judicial establece que el cantante podrá acceder a toda la documentación relacionada con el procedimiento, aunque con una limitación relevante: deberán mantenerse anonimizados los datos personales de las denunciantes, preservando así su condición de testigos protegidas. Según el relato incorporado al procedimiento, los hechos denunciados habrían ocurrido en República Dominicana y Bahamas, durante una etapa en la que ambas mujeres trabajaban con el artista.
El origen del caso se remonta al pasado mes de enero, cuando dos ciudadanas extranjeras, representadas por las letradas de la organización Women’s Link Worldwide, presentaron una denuncia contra Julio Iglesias por presuntos delitos de violencia sexual, amparadas por el periódico eldiario.es, que acusó gravemente al cantante sin pruebas fundadas y ahora deberán realizar una indemnización millonaria.
Tras recibir la denuncia, la Fiscalía de la Audiencia Nacional activó diligencias de investigación, concedió una especial protección a las denunciantes y tomó declaración a ambas mediante vía telemática. Sin embargo, apenas unos días después, el 23 de enero, el Ministerio Público acordó el archivo del expediente al concluir que los tribunales españoles carecían de jurisdicción para investigar el asunto, al no existir conexión suficiente con España ni por los hechos denunciados ni por las personas implicadas.

Pese al archivo del procedimiento preliminar, el equipo jurídico de Julio Iglesias solicitó posteriormente acceso al contenido de la denuncia y a las actuaciones practicadas. La petición fue rechazada mediante una resolución del Fiscal Jefe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, fechada el 27 de febrero, en la que se indicaba que el artista debía solicitar esa documentación únicamente ante el órgano judicial competente si en el futuro llegaban a iniciarse acciones judiciales.
«Indefensión»
Ante esta negativa, la defensa del cantante acudió a la vía contencioso-administrativa, argumentando que impedir el acceso al contenido de la acusación suponía una situación de “manifiesta indefensión” y una vulneración del derecho de defensa y de la tutela judicial efectiva. En su contra, dos medios, uno de ellos español, el diario.es de Ignacio Escolar que se apuntó «la investigación durante tres años».
La sentencia, fechada el 18 de junio de 2026 y firmada por la magistrada Emilia Peraile Martínez, concluye que Julio Iglesias tiene derecho a obtener el testimonio completo de las actuaciones realizadas durante la investigación archivada. La resolución no es todavía definitiva. Las denunciantes disponen ahora de un plazo de 15 días para presentar un recurso de apelación contra esta decisión judicial.


